LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON VIH SON IGUALES A LOS DE TODA PERSONA:

Por tal razón, se enuncian los derechos de las personas con VIH, esperando que pueda ser útil para identificar y denunciar las formas de discriminación arbitraria que puedan cometer en tu contra personas servidoras públicas e institucionaes públicas.

Las personas con VIH cuentan con los siguientes derechos humanos (todos los derechos humanos son indivisibles y están interrelacionados entre sí, siendo el orden en el que se presentan sin distinción):


  • Conocer, ejercer y gozar de todos los derechos fundamentales.

  • No ser objeto de discriminación de ningún tipo.

  • Recibir protección contra injerencias arbitrarias o ilegales a la vida privada.

  • No ser obligado a declarar que se vive con VIH.

  • Recibir acceso oportuno a todos los servicios de salud que ofrezca la Secretaría de Salud a la población en general, incluidos los servicios odontológicosy de especialidad. Deben ser de calidad idónea, con atención personal cálida, profesional y éticamente responsable.

  • Recibir de manera gratuita y sin interrupciones por parte de los servicios públicos de salud el tratamiento antirretroviral (TARV).

  • No estar obligado a someterse a la prueba de detección del VIH (ej. para obtener empleo, contraer matrimonio, formar parte de instituciones públicas, privadas, educativas o tener acceso a servicios).

  • Recibir información basada en evidencia científica, en caso de decidir realizarse la prueba de detección del VIH.

  • Que los resultados de la prueba de detección del VIH sean manejados de forma estrictamente confidencial, así como que sean entregadosde forma individual y por personal capacitado. No deben comunicarse los resultados a otras personas sin la autorización expresa de quién se sometió a la prueba.

  • En caso de obtener un resultado reactivo de la prueba de detección del VIH, recibir servicio de consejería para favorecer la incorporación a los servicios integrales de salud, acorde con la Cascada de la Atención al VIH.

  • Que se te proporcione información clara, veraz, objetiva, actual y científicamente fundada sobre el VIH, los tratamientos a los que puedes someterte, así como sus riesgos, consecuencias y alternativas conforme a la vigente Guía de Manejo Antirretroviral de las personas con VIH.

  • Trato respetuoso y un manejo correcto y confidencial de tu historial médico.

  • Ejercicio libre de la sexualidad. Incluye la utilización de medidas profilácticas (condones), sin que autoridad alguna te acuse de prostitución por el simple hecho de portarlos.

  • Profilaxis post exposición al VIH durante el tiempo que sea necesario, para las víctimas de violación sexual.

  • Decidir sobre tener o no hijos, el número y espaciamiento entre cada uno, y acceso a los métodos de regulación de la fecundidad.

  • Si eres madre o padre de familia, a tener la patria potestad de tus hijos, así como designarles un tutor en caso de que no te sea posible hacerte cargo de ellos, y a contar con la protección de instituciones para tal fin.

  • Las niñas y los niños con VIH tienen derecho a servicios de salud, educación y asistencia social en igualdad de circunstancias.

  • Vivir con VIH no puede ser considerado como causal para la negación de servicios de salud, adopción, despido laboral, expulsión de una escuela, desalojo de una vivienda o expulsión del país, entre otros. Tampoco se te puede limitar el libre tránsito dentro del territorio nacional, la salida del país o el ingreso al mismo.

  • Vivir con VIH no debe ser motivo de detención, aislamiento o segregación.

  • Conocer los procedimientos de las instituciones de salud para presentar una queja, reclamo o sugerencia, por discriminación o ante cualquier irregularidad o atropello a tus derechos.

  • Tienes derecho a una muerte y servicios funerarios libres de discriminación.

  • Las mujeres con VIH, además de los mencionados, tienen derecho a decidir libre y responsablemente sobre su maternidad y, en caso de que deseen embarazarse, a recibir el tratamiento profiláctico que previene la transmisión perinatal, así como a antirretrovirales durante la gestación y el parto, y a acceder a sustitutos de la leche materna por 6 meses siguientes al parto.

¿CÓMO CALIFICA LA CEDHNL UNA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON VIH?

Las principales acciones/omisiones que la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León califica como violación a los derechos de las personas con VIH son las siguientes:


  • La negación o limitación de la prestación de servicios médicos acorde con la Guía de Manejo Antirretroviral de las Personas con VIH vigente (CENSIDA, 2018).

  • La negación a la contratación o ingreso a alguna institución pública, educativa o instalaciones oficiales.

  • El trato discriminatorio, ofensivo o de rechazopor el solo hecho de vivir con VIH.

  • El sometimiento forzado o sin consentimiento informado a la prueba de detección del VIH.

  • El obligar a las personas a informar que viven con VIH o a mostrar los resultados de las pruebas aplicadas para su detección.

La CEDHNL tiene competencia para conocer las violaciones a los derechos humanos de las personas con VIH cuando estas acciones u omisiones son cometidas:


  • Directamente por profesionales, técnicos y auxiliares del XSector Salud, personal de instituciones públicas, estatales o municipales.

  • Indirectamente, mediante su ausencia, para que los realicen particulares en agravio de cualquier persona con VIH, o.

  • En agravio de las personas que desconozcan su estado de salud.