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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales informa que derivado de la puesta en marcha de la Plataforma Nacional de Transparencia, el pasado cinco de mayo, los Sistemas INFOMEX o similares de los Estados y de la Federación continuarán operando durante el proceso de transición al nuevo esquema informativo nacional; por lo que mediante estos Sistemas podrán realizarse solicitudes de información y en su caso, interponer recursos de revisión.
Lo anterior, con fundamento en el artículo décimo tercero de los Lineamientos para la Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, publicados en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de mayo de dos mil dieciséis.
Está a tu disposición el Tel (018002CTAINL) para asesorarte sobre tu derecho de acceso a la información.
De clic aquí para que lo dirija a las dirección electrónica del INFOMEX Nuevo León (http://nl.infomex.org.mx/).
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Artículo 10.- Los sujetos obligados deberán difundir en Internet la siguiente información:
I.- Su marco normativo completo que le sea aplicable a cada órgano, organismo o entidad, incluyendo sus reglamentos, decretos, circulares, código de ética y demás disposiciones de observancia general; (Responsable de Información-DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS)
II.- Su estructura orgánica en un formato que permita vincular por cada eslabón de la estructura, las facultades y responsabilidades que le corresponden de conformidad con las disposiciones aplicables; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN)
III.- El directorio de los servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, con nombre, domicilio oficial, números telefónicos y, en su caso, dirección electrónica oficial. Adicionalmente en el caso de los Titulares de cada autoridad, entidad, órgano u organismo, deberá publicarse la fotografía y el currículo.
La fotografía solo será publicada cuando medie el consentimiento expreso del servidor público, las de aquellos que realizan funciones relacionadas con la seguridad pública, la procuración y administración de justicia, así como los de ejecución de penas no será publicada; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN e INFORMÁTICA)
IV.- La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, comités, fideicomisos, organismos descentralizados, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias, comisiones legislativas y sesiones de trabajo a que se convoquen. Para las reuniones y sesiones ya celebradas, se deberán difundir, en un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a su realización, las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones, así como las listas de asistencia de sus integrantes; (Responsable de Información-SECRETARÍA EJECUTIVA)
V.- Una relación de los servidores públicos comisionados por cualquier causa, incluso de carácter sindical, indicando el objeto, lugar y duración de la Comisión; (Responsable de Información-PRESIDENCIA Y DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN)
A la fecha no se encuentra ningún Servidor Público de este Organismo que se encuentre Comisionado.
VI.- Un listado con los servicios que ofrece y los programas que administra, incluso los trámites para acceder a ellos y la población objetivo a quien van dirigidos; (Responsable de Información-DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS, DIRECCIÓN DE ORIENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE QUEJAS Y DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS)
VII.- Un listado de los programas de capacitación, el número de servidores públicos capacitados así como las evaluaciones de los mismos; (Responsable de la Información- DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PUBLICAS Y DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS)
VIII.- Los planes de desarrollo, vinculados con sus programas operativos anuales y sectoriales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión deberá difundirse, además, su método de evaluación, así como una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento; (Responsable de Información - DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PUBLICAS Y DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS)
IX.-Una lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación y alimentación, donde se vinculen estos gastos mensuales al servidor público que los ejecutó con motivo de su encargo o comisión; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN)
X.- La nómina mensual para la retribución de los servidores públicos con expresión del nombre completo, cargo y la remuneración, presentándose esta última en forma neta y bruta, debiéndose de adicionar en su caso, la información relativa a cualquier deducción, percepción, prestaciones y compensaciones que reciban con respecto al ejercicio de su responsabilidad; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN)
XI.- El contrato colectivo de trabajo vigente con el Sindicato de Burócratas; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS)
"No Aplica, todos los Servidores Públicos son de confianza, Art. 69 de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León".
XII.- La relación analítica mensual de pagos hechos a contratistas, proveedores, prestadores de servicios por honorarios pagados a profesionistas, gastos en comunicación social, representaciones, asesorías y en general todas las erogaciones que por cualquier concepto se realicen, que incluya el número de control, nombre, razón o denominación social, breve descripción del gasto y monto pagado incluyendo el Impuesto al Valor Agregado; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN)
XIII.- Respecto de los contratos o convenios celebrados por el sujeto obligado, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del contratante o proveedor y, en su caso, el monto del valor total de la contratación.
También deberán publicarse las convocatorias y bases para la adjudicación de proyectos de asociaciones público privadas, las modificaciones que se lleven a cabo, el fallo final, así como los contratos respectivos y sus correspondientes modificaciones; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN).
XIV.-Respecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, el tipo de licencia, permiso, concesión o autorización, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS)
No aplica, en virtud de que nuestro Objeto es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos Humanos consagrados en el orden jurídico vigente, teniendo además competencia en el Estado, para conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos cuando éstas fueren imputadas únicamente a autoridades y servidores públicos de carácter Municipal y Estatal, con excepción de los del Poder Judicial; y del contenido de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y nuestro Reglamento Interno, no se deriva facultad alguna a este Organismo, para emitir o expedir este tipo de concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, máxime que no contamos con bienes inmuebles propios, los servicios que ofrecemos los brindamos directamente y nuestros recursos públicos también son manejados en forma interna.
XV.- Para al menos los últimos 5 ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes trimestrales sobre su ejecución y las fórmulas de distribución de los recursos, federales o estatales, a los municipios; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN)
EJERCICIOS FISCALES |
2008 |
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2009 |
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2010 |
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2011 |
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2014 |
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2015 |
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2016 |
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2018 |
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2019 |
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2021 |
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2022 |
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PRESUPUESTO AUTORIZADO DE INGRESOS Y EGRESOS |
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XVI.- La base normativa relacionada a los subsidios, estímulos y apoyos con cargo a la hacienda pública; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN)
No aplica, en virtud de que nuestro Objeto es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos Humanos consagrados en el orden jurídico vigente, teniendo además competencia en el Estado, para conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos cuando éstas fueren imputadas únicamente a autoridades y servidores públicos de carácter Municipal y Estatal, con excepción de los del Poder Judicial; y del contenido de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y nuestro Reglamento Interno, no se deriva facultad alguna a este Organismo, para emitir o expedir este tipo de subsidios, estímulos y apoyos con cargo a la Hacienda Pública, máxime que de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 4-cuatro de la citada Ley y 7-siete del referido Reglamento, los procedimientos y todas las actuaciones que se sigan en esta Comisión Estatal serán gratuitas.
XVII.- La relación mensual de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones que se hayan otorgado, en el que se involucre el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS)
No aplica, conforme a nuestra normatividad no tenemos atribuciones para expedir concesiones, licencias, etc.
XVIII.- El padrón de proveedores, que deberá contener cuando menos nombre o razón social del proveedor, su giro y domicilio; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN)
XIX.- Las sentencias ejecutoriadas dictadas con motivo de las controversias entre poderes públicos, en que esté involucrado alguno de los sujetos obligados del Estado de Nuevo León; (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS)
No contamos a la fecha con una sentencia en ese sentido.
XX.- Toda la información relativa a los recursos públicos entregados a personas físicas y morales privadas, o sindicatos, así como aquélla relativa al destino que se les dio a esos recursos. (Responsable de Información- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN)
Nota: No hay donaciones posteriores.
Artículo 17.- Además de lo señalado en el artículo 10, la Comisión Estatal de Derechos Humanos deberá hacer publica en su portal de internet la siguiente información:
I.- Las recomendaciones enviadas, su destinatario y el estado que guarda su atención, así como el resultado de los procedimientos de conciliación, y en su caso los resultados de los recursos interpuestos contra las recomendaciones resueltos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; (Responsable de Información - DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y CONCLUSIÓN),(Responsable de procedimientos de conciliación - VISITADURIAS GENERALES)
II.- Sobre los recursos, el estado procesal en que se encuentran y, en el caso de los expedientes concluidos, la causa por la cual llegaron a ese estado. Toda esta información deberá clasificarse por destinatario de la recomendación. (Responsable de Información - DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y CONCLUSIÓN - VISITADURIAS GENERALES)
III.- Estadísticas sobre las denuncias presentadas que permitan identificar el genero de la victima, su ubicación geográfica, edad y el tipo de queja.(Responsable de Información- DIRECCION DE ORIENTACION Y RECEPCION DE QUEJAS)
Activo Fijo
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