ACUERDOS DE NO RESPONSABILIDAD

ACUERDOTEMAAÑO
Autoridades: H. Congreso del Estado de Nuevo León
Conclusiones: PRIMERA. No se justificó que el H. Congreso del Estado de Nuevo León, cometiera violaciones a los derechos humanos de las CC. ********** y **********, en los términos precisados en el apartado III del presente Acuerdo de No Responsabilidad.
SEGUNDA: Se hace un llamado especial al H. Congreso del Estado de Nuevo León, a efecto de que adopte las medidas necesarias para que dentro del respeto y garantía de los derechos humanos, en el ejercicio de su función pública evite el uso de estereotipos que estigmaticen a las personas por su orientación sexual.
TERCERA: Con fundamento en los artículos 50 de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo al H. Congreso del Estado de Nuevo León, así como a las CC. ********** y **********.
2015
22/2013
El original de la resolución se encuentra dentro del expediente respectivo.
Autoridades: Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia y del Centro de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes “Capullos” del Sistema Integral de la Familia del Estado de Nuevo León.
Conclusiones: Primera: No se justificó que el personal de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia y del Centro de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes “Capullos” del Sistema Integral de la Familia del Estado, cometiera violaciones a los derechos humanos de la niña **********, como se determinó en el apartado III del presente Acuerdo de No Responsabilidad. Segunda: Con fundamento en los artículos 50 de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo a las autoridades que fueron señaladas como responsables, así como al C. **********.
2013
21/2013
El original de la resolución se encuentra dentro del expediente respectivo.
Autoridades: Agencia Estatal de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado.
Conclusiones: Primera: No se comprobó que los elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado, cometieran las violaciones a derechos humanos denunciadas por el Sr. **********. Segunda: Con fundamento en el artículo 50 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo. Tercera. Una vez notificado el presente acuerdo al Sr. ********** y a las autoridades señaladas como responsables, conforme a lo dispuesto en el artículo 84 fracción IV del Reglamento Interno de esta Comisión, téngase por concluido el presente expediente. CUARTA. Infórmesele al Sr. **********, que contra la presente resolución procede el recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el cual deberá presentarse por escrito ante este organismo dentro de un plazo de treinta días naturales contados a partir de que tengan conocimiento de esta resolución.
2013
20/2013
El original de la resolución se encuentra dentro del expediente respectivo.
Autoridades: Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia y del Centro de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes “Capullos” del Sistema Integral de la Familia del Estado de Nuevo León.
Conclusiones: Primera: No se justificó que el personal de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia y del Centro de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes “Capullos” del Sistema Integral de la Familia del Estado, cometiera violaciones a los derechos humanos de las niñas ********** y **********, y del niño **********, de apellidos **********, como se determinó en el apartado III del presente Acuerdo de No Responsabilidad. Segunda: Con fundamento en los artículos 50 de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo a las autoridades que fueron señaladas como responsables, así como a los CC. ********** y **********.
2013
19/2013
El original de la resolución se encuentra dentro del expediente respectivo.
Autoridades: Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito de Montemorelos y de la Agencia Estatal de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado.
Conclusiones: Primera: No se comprobó que los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito de Montemorelos y de la Agencia Estatal de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado, cometieran las violaciones a derechos humanos denunciadas por el Sr. **********. Segunda: Con fundamento en el artículo 50 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo. Tercera. Una vez notificado el presente acuerdo al Sr. ********** y a las autoridades señaladas como responsables, conforme a lo dispuesto en el artículo 84 fracción IV del Reglamento Interno de esta Comisión, téngase por concluido el presente expediente. Cuarta. Infórmesele al Sr. **********, que contra la presente resolución procede el recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el cual deberá presentarse por escrito ante este organismo dentro de un plazo de treinta días naturales contados a partir de que tengan conocimiento de esta resolución.
2013
18/2013
El original de la resolución se encuentra dentro del expediente respectivo.
Autoridades: Agencia Estatal de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado.
Conclusiones: Primera. No se comprobó que elementos de la Policía Ministerial de la Agencia Estatal de Investigaciones cometieran las violaciones a derechos humanos denunciadas por los señores ********** y **********. Segunda. Con fundamento en el artículo 50 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo. Tercera. Una vez notificado el presente acuerdo a los señores ********** y ********** y a la autoridad señalada como responsable, conforme a lo dispuesto en el artículo 84 fracción IV del Reglamento Interno de esta Comisión, téngase por concluido el presente expediente. Cuarta. Infórmese a los señores ********** y **********, que contra la presente resolución procede el recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el cual deberá presentarse por escrito ante este organismo dentro de un plazo de treinta días naturales contados a partir de que tengan conocimiento de esta resolución.
2013
17/2013
El original de la resolución se encuentra dentro del expediente respectivo.
Autoridades: Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia y del Centro de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes “Capullos” del Sistema Integral de la Familia del Estado de Nuevo León.
Conclusiones: Primera: No se justificó que personal del Centro de Especialidades Dentales dependiente del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nuevo León, cometiera violaciones a los derechos humanos del C. **********, como se determinó en el apartado III del presente Acuerdo de No Responsabilidad. Segunda: Con fundamento en los artículos 50 de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo a la autoridad que fue señalada como responsable, así como al C. **********.
2013
16/2013
El original de la resolución se encuentra dentro del expediente respectivo.
Autoridades: Agencia Estatal de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado y Policía de Fuerza Civil de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.
Conclusiones: Primera: No se comprobó que elementos ministeriales de la Agencia Estatal de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado, cometieran las violaciones a derechos humanos denunciadas por del señor **********. Segunda: Tampoco se demostró que elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, cometieran las violaciones a derechos humanos denunciadas por del señor **********. Tercera: Con fundamento en el artículo 50 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo a las partes. Cuarta: Una vez notificado el presente acuerdo al señor ********** y a las autoridades señaladas como responsables, conforme a lo dispuesto en el artículo 84 fracción IV del Reglamento Interno de esta Comisión, téngase por concluido el presente expediente. Quinta: En atención a todo lo anterior, infórmesele al señor **********, que contra la presente resolución procede el recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el cual deberá presentarse por escrito ante este organismo dentro de un plazo de treinta días naturales contados a partir de que tengan conocimiento de esta resolución.
2013
15/2013
El original de la resolución se encuentra dentro del expediente respectivo.
Autoridades: Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León.
Conclusiones: Primera. No se comprobó que elementos de la Policía Ministerial de la Procuraduría General de Justicia del Estado cometieran las violaciones a derechos humanos denunciadas por el menor **********. Segunda. Con fundamento en el artículo 50 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo. Tercera. Una vez notificado el presente acuerdo al menor ********** y a la autoridad señalada como responsable, conforme a lo dispuesto en el artículo 84 fracción IV del Reglamento Interno de esta Comisión, téngase por concluido el presente expediente. Cuarta. Infórmese al menor **********, que contra la presente resolución procede el recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el cual deberá presentarse por escrito ante este organismo dentro de un plazo de treinta días naturales contados a partir de que tengan conocimiento de esta resolución.
2013
14/2013
El original de la resolución se encuentra dentro del expediente respectivo.
Autoridades: Policía de Fuerza Civil de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.
Conclusiones: Primera. No se comprobó que elementos de la Fuerza Civil de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado cometieran las violaciones a derechos humanos denunciadas por el menor **********. Segunda. Con fundamento en el artículo 50 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 99 de su Reglamento Interno, notifíquese el presente acuerdo. Tercera. Una vez notificado el presente acuerdo al menor ********** y a la autoridad señalada como responsable, conforme a lo dispuesto en el artículo 84 fracción IV del Reglamento Interno de esta Comisión, téngase por concluido el presente expediente. Cuarta. Infórmese al menor **********, que contra la presente resolución procede el recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el cual deberá presentarse por escrito ante este organismo dentro de un plazo de treinta días naturales contados a partir de que tengan conocimiento de esta resolución.
2013
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